A Fuero de Sepúlveda

¿Has oído hablar en alguna ocasión de los viejos Fueros sepulvedanos? Seguro que sí o quizás incluso hayas visitado el Museo de los Fueros, en la antigua iglesia románica de los Santos Justo y Pastor de Sepúlveda; en ese caso, sabrás que estos, además de precursores, marcaron un antes y un después en la historia de nuestra tierra. 

Mira, del primer Fuero, el de 1076, ni siquiera se conserva el original pero sí una copia, escrita aproximadamente un siglo después de su primera aprobación por el rey Alfonso VI, que se guarda en el monasterio de Santo Domingo de Silos, ratificada, eso sí, por una muger y reina, Urraca de León y de Castilla. Se lo conoce como Fuero Latino o Fuero Breve y, cómo has intuido, fue un intento temprano de vertebrar un territorio desde la casi total autonomía de un concejo, el de Sepúlveda, que tuvo que adaptarse al cambio que supuso la repoblación de la zona. Y ¿Por qué un fuero?

La respuesta es doble, además de lógica: la primera razón, como es obvio, fue el cambio de situación política, ya que ahora quienes tenían el poder no eran los moros sino los cristianos, descendientes de los visigodos como sabes, que a su vez habían invadido Hispania seis siglos antes; la segunda razón, sobrevenida, fue la nueva sociedad que surgió a raíz de este cambio de poder, sociedad en la que tuvieron que convivir los que ya estaban y todos los que vinieron al calor de los privilegios que la frontera ofrecía como reclamo para su repoblación. 

Alfonso VI
Alfonso VI
Códice Casado
Códice Casado
Facsímil
Facsímil
Museo de los Fueros
Museo de los Fueros

No hay uno sin dos, dicen, y el Fuero latino pronto demostró quedarse corto para las nuevas necesidades que iban surgiendo; se hizo necesario así acomodar las leyes al vertiginoso cambio social que se estaba experimentando y el resultado fue el conocido como Fuero Romanceado o Extenso, cuyo original, incompleto, aprobado por el rey Fernando IV en 1300, se conserva en la propia Sepúlveda, para orgullo de sepulvedanos y segovianos en general. 

Y lo magnífico de este corpus legal, que nació de una primera "democracia"  imperfecta, fue su capacidad para organizar un territorio en un momento histórico de transición, en el que tanto hombres como mujeres, a excepción de las minorías, contaban como individuos y su valor teóricamente no estaba en su linaje sino en sus capacidades. 

Fíjate, de los más de doscientos cincuenta títulos que han llegado a nuestros días del Fuero Extenso, casi una veintena hacían referencia expresa a las mujeres. 

Aun de forma imperfecta nos sorprende gratamente que, en su mayor parte, se intentara protegerlas de abusos y agresiones, aunque las fórmulas de protección dejaran mucho que desear a nuestros ojos actuales. Pero no pequemos de comparar lo que no se debe y sobre todo no olvidemos que estamos en la Plena Edad Media, donde además de creencias, usos y costumbres, las presiones nobiliarias y eclesiásticas influían notablemente en la vida de la población.


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